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Violaciones a DDHH.

Ministro Arancibia dictó autos de procesamiento por ilícitos perpetrados en La Ligua en 1973.

El Ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Valparaíso para causas por violaciones a los derechos humanos, Jaime Arancibia Pinto, dictó los autos de procesamiento.

24 de marzo de 2015

El Ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Valparaíso para causas por violaciones a los derechos humanos, Jaime Arancibia Pinto, dictó los autos de procesamiento en las investigaciones que sustancia por los secuestros calificados de Ernesto Alfredo López López y Lorenzo Flores, ilícitos perpetrados en 1973, en ciudad de La Ligua, V Región.

Por el secuestro de López López, el Magistrado Arancibia sometió a proceso como autores del delito a Heriberto Vargas Vargas, Arturo Aníbal Pinilla Gallegos, Luis Hernán Díaz Carrasco, Óscar Orlando Godoy, Juan Manuel Romero Torres, Ricardo René Staforelli Ramírez, Juan Antonio Zapata Rubilar, Carlos Manuel Carvallo Porras, Luis Benedictino Cortez Lobos y Ventura Esteban Ahumada Jiménez.

Respecto del secuestro de Lorenzo Flores, el Ministro en visita sometió a proceso, como autores del delito de secuestro calificado, a Luis Hernán Díaz Carrasco, Hugel Enrique Serey Jiménez, Heriberto Vargas Vargas, Óscar Orlando Godoy, Arturo Aníbal Pinilla Gallegos y Juan Manuel Romero Torres.

De acuerdo a los antecedentes consignados en la causa, se pudo establecer que en octubre de 1973, Lorenzo Flores fue «detenido en horas de la madrugada en un nuevo operativo realizado por Carabineros de La Ligua en el domicilio del Diputado de la zona en esa época, don Raúl Sánchez Bañados, ubicado en Población Rodríguez, 3 Oriente N° 9, de dicha ciudad, siendo trasladado esta vez a la Comisaría de esa localidad. Al día siguiente de su detención, familiares concurrieron a la Comisaría para saber algo de su paradero, lugar donde les fue negada su detención, encontrándose, a la fecha, desaparecido».

 

 

Vea texto íntegro de la resolución Rol N° 16-2014.

Vea texto íntegro de la resolución Rol N° 20-2014.

 

 

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