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Requerimiento de remoción.

TRICEL se pronunciará respecto de apelación deducida por parte de Alcalde de Zapallar.

Desestimado el recurso de reposición, corresponderá al TRICEL pronunciarse sobre el recurso de apelación subsidiario.

16 de octubre de 2015

El Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL), deberá pronunciarse respecto de un recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la Resolución del Tribunal Electoral (TER) de la Región de Valparaíso, que no hizo lugar a la solicitud de decretar medida para mejor resolver, en el marco de un requerimiento de remoción del Alcalde de la Municipalidad de Zapallar, Nicolás Cox Urrejola.

Al efecto, cabe recordar que el requerimiento, deducido por parte de un grupo de Concejales del citado Municipio, se fundó en un notable abandono de sus deberes, configurándose, en consecuencia, la causal que contempla el artículo 60 letra c) del D.F.L Nº 1, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Desestimado el recurso de reposición, corresponderá al TRICEL pronunciarse sobre el recurso de apelación subsidiario.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 70-2015.

 

 

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