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En fallo unánime.

Corte de Chillán ordena a Municipalidad pagar aumento de bonificación proporcional a 68 profesores.

El Tribunal de alzada acogió el recurso de nulidad e invalidó parcialmente la sentencia dictada el 21 de diciembre pasado, por el Juzgado de Letras y Garantía de Coelemu, dictando sentencia de remplazo.

8 de marzo de 2017

En fallo unánime, la Corte de Chillán condenó a la Municipalidad de Ránquil a pagar el aumento de la bonificación proporcional por el período 2010-2015, a un grupo de 68 profesores que desempeñan funciones en el sector municipal.
La sentencia del Tribunal de alzada establece “que, de los antecedentes fácticos que obran en la causa resulta acreditado que los actores dejaron de prestar servicios para la demandada en distintas fechas y que la demanda interpuesta, se notificó al municipio de Ránquil, con fecha 7 de agosto de 2015, de manera que las acciones que intentaron todos los demandantes cuyos servicios se extinguieron antes del 7 de agosto de 2010, se encuentran fenecidas por el modo de extinguir prescripción, en tanto que los restantes se hallan en distintas condiciones, en relación al punto en análisis”.
El fallo agrega “que, encuadrando la situación de hecho de cada demandante con los artículos 2514 y 2515 del Código Civil, resulta que los actores a cuyo respecto cabe desechar la excepción de prescripción son los que se señalará, y por el lapso que en cada caso se indica, el cual es mayor al que se estableció en la sentencia anulada”.
La sentencia de la Corte de Chillán sostiene enseguida que "atendido lo que se ha venido razonando, corresponde hacer lugar a la demanda respecto a los actores antedichos, condenándose a la demandada al pago del aumento de la bonificación proporcional por el período que en cada caso se indicó, toda vez que, recayendo en el municipio la carga de acreditar la solución de la obligación, no lo hizo".

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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