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Mercado de almacenamiento y administración de archivos físicos.

TDLC aprueba acuerdo conciliatorio entre la FNE, Iron Mountain Chile S.A. y Storbox S.A.

Estas prácticas, asegura la Fiscalía, incrementaban los costos en los que debían incurrir sus clientes para cambiarse de proveedor, dificultando la entrada o expansión de otros competidores actuales o potenciales.

12 de mayo de 2018

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó el acuerdo conciliatorio suscrito entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y las empresas Iron Mountain Chile S.A. (Iron Mountain) y Storbox S.A. (Storbox), que participan en el mercado de almacenamiento y administración de archivos físicos.
De acuerdo a la FNE esta conciliación pone término al procedimiento contencioso iniciado por la autoridad el 29 de agosto de 2017 en contra de dichas sociedades.
En esa oportunidad, la Fiscalía acudió al Tribunal para acusar el incumplimiento del Acuerdo Extrajudicial suscrito entre las empresas y la FNE en marzo del 2013. Mediante ese acuerdo, ambas compañías, que constituyen un solo agente económico en su calidad de filiales de Iron Mountain Inc., adoptaron obligaciones conductuales para eliminar prácticas contractuales restrictivas de la competencia.
Estas prácticas, asegura la FNE, incrementaban los costos en los que debían incurrir sus clientes para cambiarse de proveedor, dificultando la entrada o expansión de otros competidores actuales o potenciales.
Así, la FNE acusó en el requerimiento que las empresas incumplieron sus obligaciones de cobrar una tarifa por término de contrato que no excediera el valor actual de la tarifa del servicio de retiro permanente o destrucción; de entregar, al término de cada contrato, un volumen mínimo de cajas dentro de un período acotado de tiempo; y de suscribir contratos fijando términos de duración inicial de acuerdo a plazos definidos en el acuerdo con la Fiscalía.
En su resolución, el TDLC señaló que, en virtud del acuerdo conciliatorio, las requeridas reconocieron haber incumplido obligaciones del Acuerdo Extrajudicial, asumiendo obligaciones tendientes a corregir las conductas denunciadas por la FNE, incluyendo comunicar a los clientes tanto el Acuerdo Extrajudicial como los acuerdos alcanzados a través de la conciliación.
También indica que Iron Mountain y Storbox se comprometieron al pago de una suma de dinero a beneficio fiscal equivalente a 384 UTA, esto es aproximadamente US$ 350 mil.
Según la FNE, las medidas comprometidas por las requeridas cubren todos los hechos descritos en el requerimiento posibles de ser remediados a través de las modificaciones conductuales. Además, la conciliación mejora la publicidad de los compromisos adoptados en el Acuerdo Extrajudicial y el pago a beneficio fiscal constituye un disuasivo suficiente, considerando las conductas imputadas y las medidas comprometidas por las empresas.

 

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