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A través de una resolución.

Cámara de Diputados solicita que se consideren aspectos determinados para otorgar beneficios a condenados por lesa humanidad.

Parlamentarios pidieron al Ejecutivo tener ciertos aspectos a la vista, antes de tomar decisiones al respecto.

12 de noviembre de 2018

La Cámara de Diputados aprobó una resolución, por 76 votos a favor, 47 en contra y 4 abstenciones, que solicita al Presidente de la República que, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, considere ciertos aspectos para el otorgamiento de beneficios penitenciarios a los condenados por delitos de lesa humanidad. 
Se busca establecer mecanismos para el otorgamiento de beneficios penitenciarios, considerando que aquellos agentes del Estado condenados por hechos ocurridos durante la dictadura cívico militar no pueden ser objeto de indultos particulares.

Los requisitos solicitados en la resolución son:

– Obligación del Ministerio de Justicia de dar a conocer los nombres de aquellas personas que solicitan el beneficio.
– Haber demostrado arrepentimiento eficaz y haber colaborado con la justicia.
– Notificar a las víctimas o sus familiares que el victimario está solicitando el indulto.
– Dar público conocimiento de la resolución que concede o rechaza el beneficio.
– En el caso de aquellos que soliciten dichos beneficios por padecimiento de enfermedades deberá analizarse el estado de salud del solicitante por parte de una comisión médica especializada e imparcial que incorpore al Servicio Médico Legal e idealmente algún facultativo que represente a las víctimas y sus familiares, así como también se deberá contemplar la obligación por parte de la comisión que revisa el estado de salud de escuchar a las víctimas o sus familiares.

El texto agrega que este proceso debe ser llevado a cabo por los tribunales de justicia, dándose con esto las garantías de un debido proceso por un organismo imparcial e independiente.
La resolución es de autoría de los diputados Naranjo, Jiménez, Saffirio (IND), García, Torres, Pérez y Barrera.

 

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