Noticias

No se alcanzó estándar de prueba indiciaria.

Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción rechaza demanda de tutela laboral deducida por un trabajador en contra de una Constructora y Ministerio de Obras Públicas.

El actor denuncia que fue víctima de una denostación y que la demandada obtuvo bajo la fuerza su firma en el Contrato de Trabajo y en la carta de despido.

19 de abril de 2019

El Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción rechazó demanda por tutela laboral presentada en contra de la empresa Sociedad Comercial y Constructora Seguriequip LTDA y en contra del Ministerio de Obras Públicas.
EL Tribunal consideró que el demandante señaló dos hechos que a su juicio serían constitutivos de una vulneración de derechos fundamentales, debiendo considerase esas circunstancias como los indicios invocados por el actor, a saber: Alega que fue víctima de una denostación hacia su persona; y, que la demandada obtuvo bajo la fuerza la firma del actor en el Contrato de Trabajo y en la carta de despido.
La sentencia sostiene que, en cuanto al primer indicio, ninguna prueba rindió el demandante destinado a acreditarlo. En efecto, solo existe la declaración de un testigo, la cual resultó ser vaga y nada aportó en cuanto a la denostación alegada por el actor, solo indicó el actor que lo trataban mal y con prepotencia, sin detallar algún hecho concreto, ni precisar algún tipo de maltrato. Por lo demás este testimonio no fue respaldado por ningún otro antecedente probatorio por lo que no es suficiente para configurar algún indicio de maltrato.
Enseguida, la resolución agrega que, el segundo indicio consistente en la fuerza ejercida por la demandada tampoco logró ser acreditado. Lo anterior, pues de la prueba documental rendida por el actor, no existe ningún documento que permita desprender esta alegación y en lo que dice relación con la prueba testimonial, esta consistió en la declaración de un solo testigo
A continuación, el fallo establece que, por otro lado, del tenor de la demanda, se señala como garantía vulnerada la indemnidad y la no discriminación, sin contener mayor análisis en el cuerpo de la demanda sobre como estima que se produjo la discriminación y como relaciona los hechos denunciados con una discriminación en concreto, motivo más que suficiente para rechazar la demanda, por los considerandos indicados precedentemente. En cuanto a la garantía de la indemnidad ninguna relación de los hechos contiene en torno a esta garantía.
Finalmente, el fallo concluye que, conforme al análisis de la prueba, se debe rechazar en todas sus partes la denuncia de Tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, ya que ningún indicio se acreditó que haga factible la vulneración alegada, además de no haberse alcanzado el estándar de prueba indiciaria en orden a los hechos en que se funda la denuncia o que se violentaron alguno de los derechos constitucionales esgrimidos en la demanda y respecto de los cuales se trabó la litis.

 

Vea texto íntegro de la sentencia en causa T-314-18.

 

RELACIONADOS
* Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena acoge demanda de tutela laboral deducida por un trabajador que sufrió hostigamiento…
* Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acoge demanda de tutela laboral de trabajadora de heladería…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *