Noticias

Despachado a segundo trámite.

Sala de la Cámara de Diputados aprobó ampliar obligación de denuncia respecto de delitos sexuales contra menores.

El proyecto de ley, dirige la obligación de denuncia para todas las autoridades eclesiásticas, así como para directivos de asociaciones, fundaciones o agrupaciones de diversa índole.

24 de abril de 2019

Luego de un debate marcado por la mención de hechos conocidos por la opinión pública que involucran a miembros del clero católico en situaciones de abuso sexual y el ocultamiento de información por parte de sus autoridades, la Cámara de Diputados aprobó, por la unanimidad de 128 votos a favor, un proyecto de ley que, justamente, busca subsanar esta materia por medio de una modificación en el Código Procesal Penal.
En la oportunidad se sometió también a votación y se rechazó una indicación que agregaba que el citado deber de denuncia se definía siempre que tal conocimiento no haya sido tomado con ocasión de secreto de confesión o secreto profesional. Luego, en un nuevo sufragio, se ratificó el texto planteado por la Comisión de Constitución ya indicado.
El perfeccionamiento pasa por ampliar el espectro de personas obligadas a denunciar delitos, definidas en el citado cuerpo legal, cuando se refieran a hechos ilícitos "cometidos en contra de niños, niñas o adolescentes y/o adultos que por sus condiciones físicas o mentales requieren de especial protección".
La obligación recién indicada está dirigida a "las autoridades eclesiásticas de cualquier confesión religiosa, sea de derecho público o derecho privado, y, en general, los obispos, pastores, ministros de culto, diáconos, sacerdotes, religiosas u otras personas que conforme a las reglas de cada denominación religiosa detenten algún grado de autoridad sobre una congregación o grupo de personas en razón de la práctica de alguna creencia".
A su vez, la obligación de denuncia afectará a los directivos de asociaciones, fundaciones o agrupaciones de carácter cultural, juvenil, educativa, deportiva o de otra índole.
La propuesta, además, determina que cuando la omisión de denuncia recaiga sobre uno o más delitos cometidos en contra de niños, niñas, adolescentes o personas que por incapacidad física o mental no puedan ejercitar por sí sus derechos, se aplicarán las penas que la legislación penal contemple para los encubridores del delito cuya denuncia se omite.
El proyecto, fue iniciado en una moción de los diputados Soto, Ascencio, Flores,  Matta, Pérez, Torres, Venegas, Verdessi, Walker y Garín.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis

 

RELACIONADOS
*Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó en general proyecto que declara imprescriptibles delitos sexuales contra menores…
*TOP de Santiago condena a pastor a evangélico a 15 años y un día de presidio como autor de delitos sexuales…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *