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En fallo unánime.

Corte de Santiago acoge protección contra municipio por ordenar demolición de cobertizo.

El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario e ilegal del municipio al ordenar la demolición de la obra complementaria.

10 de junio de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección deducido en contra de la Municipalidad de Providencia que ordenó demoler cobertizo erigido en patio trasero de vivienda particular.
La sentencia sostiene que como se advierte de las fotografías agregadas, consta que los elementos materiales que utilizó el recurrente en el techo del patio trasero de su vivienda, respecto del cual mantenía el uso y goce exclusivo, no es una obra menor sino una obra complementaria que no requiere permiso municipal.
La resolución agrega que se advierte que la Municipalidad de Providencia, al dictar el Decreto Alcaldicio N°1769 de 30 de noviembre de 2018 que ordenó la demolición de la obra complementaria consistente en un cobertizo y, posteriormente al rechazar la reposición y el recurso de ilegalidad, mediante el Decreto N°1977 de 30 de diciembre de 2018, ha actuado en forma arbitraria e ilegal, pues ha exigido al recurrente un permiso de obra menor que no corresponde, de acuerdo a lo que se ha establecido en el Dictamen N°20.311 de 2011 emanado de la Contraloría General de la República, dictamen que le era vinculante.
Añade que dicho acto arbitrario e ilegal, vulnera al recurrente su derecho a la propiedad sobre el bien raíz del cual tiene el uso y goce exclusivo a su favor, por disponer de la demolición de un cobertizo construido de acuerdo a sus facultades de uso, goce y disposición.
Por tanto, concluye que se acoge el recurso deducido en contra de la I. Municipalidad de Providencia, y en consecuencia, se ordena dejar sin efecto Decreto Alcaldicio N°1769 de 30 de noviembre de 2018 que ordenó la demolición de la obra complementaria consistente en un cobertizo y el Decreto N°1977 de 30 de diciembre de 2018, que rechazó la reposición y el recurso de ilegalidad, con costas.

 

Vea texto íntegro de la sentencia rol 8.338-2019

 

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