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Daño ambiental.

Medida cautelar: Segundo Tribunal Ambiental ordena paralización inmediata de construcción de caminos ejecutada por Inmobiliaria Altos del Yali en comuna de Santo Domingo.

Tras analizar los antecedentes presentados por las partes, los ministros ambientales determinaron que existe riesgo inminente de un perjuicio irreparable.

18 de junio de 2019

El Segundo Tribunal Ambiental ordenó a la Sociedad Inmobiliaria Altos del Yali Ltda., la paralización inmediata de las obras de construcción de caminos en la Quebrada de La Loma, acogiendo una medida cautelar solicitada por la Municipalidad de Santo Domingo en el contexto de la demanda por reparación de daño ambiental presentada contra la empresa en esta judicatura especializada.
“Se resuelve: ha lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, se ordena la paralización inmediata de las obras de construcción de caminos, junto con cualquier actividad que no se relacione con las medidas ordenadas en esta resolución o que obedezca a la orden de la autoridad sectorial, que se ejecutan por la Sociedad Inmobiliaria Altos del Yali Ltda., en los predios ‘Lote A1, Lote A3 y Lote A4’ ubicados en la Quebrada La Loma, en el sector denominado Horizontes del Mar, de la comuna de Santo Domingo, Región de Valparaíso”, dice la resolución del Tribunal.
Los ministros tomaron esta decisión luego de analizar diversos antecedentes presentados por las partes, tales como los informes de fiscalización realizados por la Conaf y la DGA de Valparaíso, el procedimiento iniciado por esta última en contra de empresa inmobiliaria, en el que ordenó a Altos del Yali a restituir el cauce de la Quebrada de la Loma, y el expediente de la causa en que el Juzgado de Policía Local de Santo Domingo condenó a  los representantes de la empresa al pago de una multa 86 U.T.M., como autores infracción asociada a la corta de bosque nativo (Ley N° 20.283).
“Que, de los hechos establecidos en los considerandos precedentes, y en particular de lo informado en el Ord. N° 171, de 3 de abril de 2019, emitido por el Sr. Juan José Orocco Carrera, Director (S) General De Aguas y del Acta de Constatación de Hecho, de 26 de marzo de 2019, se acredita suficientemente los componentes ambientales susceptibles de un perjuicio inminente e irreparable, respecto del riesgo de que en caso de precipitaciones intensas, el material existente en la quebrada La Loma obstruya y altere las condiciones de escurrimiento natural de sus aguas, generando desbordes hacia sus costados y provocando inundaciones. De esta forma, existen antecedentes suficientes que hacen plausible la inminencia de un perjuicio irreparable y que el retraso o la demora disponer la cautela puede aumentar el riesgo de afectación significativa al medio ambiente”, detalla la resolución.
La medida fue pronunciada por los ministros Alejandro Ruiz, presidente (s), Carlos Valdovinos y Juan Cristóbal Mera.

Antecedentes

La demanda por reparación de daño ambiental en contra de la Sociedad inmobiliaria Altos del Yali Ltda. fue interpuesta ante el Tribunal Ambiental de Santiago por la Ilustre municipalidad de Santo Domingo interpuso demanda y admitida con el rol D-39-2017.

Vea el expediente de la causa D-39-2017

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*Segundo Tribunal Ambiental realizó audiencia en reclamación asociada a multa cursada por la SMA contra inmobiliaria por iniciar proyecto de torres habitacionales en Estación Central sin aprobación ambiental.

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