Noticias

En fallo unánime.

CS confirma demanda de tutela laboral de trabajadora de supermercado de Valparaíso.

El máximo Tribunal no admitió el recurso de unificación intentado al no existe sentencia de contraste en la especie.

1 de agosto de 2019

En fallo unánime, La Corte Suprema declaró inadmisible recurso de unificación de jurisprudencia y confirmó la sentencia que acogió demanda de tutela laboral presentada por ex trabajadora de la empresa Santa Isabel Administradora S.A.
La sentencia sostiene que para los efectos de la admisibilidad del recurso, es útil señalar que la judicatura desestimó el de invalidación por considerar que los bienes jurídicos vulnerados en que se sustentó la demanda -humillaciones, denostaciones y sometimiento a escarnio público-, están relacionados con el derecho de la trabajadora a ser respetada y protegida en su honra, y aunque no fue la garantía que sostuvo en su denuncia, sino la afectación a su vida e integridad física y psíquica, concluyó que en el correcto desempeño de la función jurisdiccional, debía ser el juez quien decidiera la aplicación de las disposiciones pertinentes a los hechos probados por las partes, sin supeditarse a la mención expresa y previa de ciertas normas, con mayor razón si en el conflicto se debe determinar la vulneración a derechos fundamentales, considerando, además, que en la demanda se entregó una narración coherente con el atropello a su honra, garantías que no pueden ser preteridas para favorecer la formalidad nominal argüida por la recurrente, sin advertir, por tanto, una transgresión a su derecho a defensa.
La resolución agrega que de la lectura del arbitrio intentado, se desprende que la materia de derecho que se busca uniformar versa sobre una cuestión que no constituye aquella medular del juicio. En efecto, denuncia la contravención a un aspecto conexo a la acción principal, esto es, la alteración de las garantías invocadas por la demandante en su libelo con aquella que se tuvo por infringida, sin controvertir el sustrato que hizo plausible la aplicación del procedimiento estatuido en los artículos 485 y siguientes del Código del Trabajo, impugnando el exceso procesal proscrito en su artículo 478 letra e), es decir, por extenderse el fallo a puntos no sometidos a la decisión del tribunal, concluyéndose a partir del aspecto fáctico establecido, que el derecho a la honra fue vulnerado y que la modificación referida no revestía la necesaria y especial gravedad requerida para invalidarlo.
Concluye que de este modo, al no ser la cuestión que se invoca para los efectos de su unificación una tesis jurídica relativa al tema de derecho sustantivo, no es susceptible de ser controlado y contrastado con un pronunciamiento en el contexto de este extraordinario y especial recurso, razón por la que no podrá prosperar.

Condena
En primera instancia, el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso acogió la denuncia interpuesta en procedimiento de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, condenando a la empresa denunciada a pagar a la trabajadora las siguientes prestaciones:
A.- indemnización señalada en la parte final del inciso tercero del artículo 489 del Código del Trabajo, 8 meses de la última remuneración mensual que fue de $414.826, esto es, $3.318.608.
B.- Indemnización sustitutiva de aviso previo, $414.826.
C.- Indemnización por años de servicios, 5 meses correspondientes desde 23 de julio de 2013 hasta el 16 de mayo de 2018: $2.074.130.
Las sumas señaladas precedentemente deberán pagarse con más los intereses y reajustes a que se refiere el artículo 173 del código del trabajo.
III.- Que, la empresa vencida deberá, dentro de un plazo no superior a un mes, contados desde que la presente sentencia adquiera el carácter de ejecutoriada:
a.- Enviar a la actora, una carta certificada, con copia a este Tribunal para ser ingresada en la causa, una carta de públicas disculpas por los acontecimientos que siguieron a los hechos ocurridos el 12 de mayo del actual, especialmente por el hecho de su retención en las dependencias de la empresa, por la espera que debió enfrentar durante la retención y muy especialmente por haberla sometido a dicha espera mientras concurría Carabineros de Chile llamados tardíamente frente a hechos reconocidos por la actora como un error, espera que constituyó retención y que derivó en su detención por la policía.
IV.- Que, se condena a la denunciada al pago de las costas de la causa, por haber sido totalmente vencida, regulándose las personales en el 10% del total de las sumas ordenadas pagar por esta sentencia una vez practicada la liquidación.
V.- Cúmplase con lo ordenado por esta sentencia en el plazo de cinco días desde que quede ejecutoriada, en caso contrario, certifíquese esta circunstancia y remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Provisional de la jurisdicción.
VI.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, remítase copia de ella a la Dirección del Trabajo, a través de la Dirección Regional de Valparaíso.

Vea textos íntegros de las sentencias rol rol 7.058-2019 Corte Suprema y de la Corte Valparaíso.

 

 

RELACIONADOS
*Corte de Santiago rechazó nulidad laboral y confirma sentencia que acogió tutela contra Carabineros declarando discriminatorio término anticipado de contrato de un funcionario…
*Nuevamente pretenden inaplicabilidad de normas que permiten aplicar procedimiento de tutela laboral a funcionarios públicos…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *