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En fallo unánime.

Corte de La Serena rechaza protección de cotizante que buscaba retirar fondos de AFP.

El Tribunal de alzada rechazó la acción deducida por considerar que no existe garantía constitucional afectada.

23 de agosto de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de protección interpuesto en contra Administradora de Fondos de Pensiones Capital S.A. por afiliado que busca devolución de ahorro previsional.
La sentencia sostiene que la cotización previsional resulta obligatoria para los trabajadores en los términos dispuestos por dicha normativa, mientras que la actividad realizada por las administradoras de fondos de pensiones es una tarea impuesta por la ley respecto de todos los cotizantes, cuya finalidad radica en generar recursos para el momento que los trabajadores dejen la vida laboral.
La resolución agrega que la negativa por parte de la recurrida en cuanto a la entrega de la totalidad de los fondos previsionales, se basa en las propias normas del Decreto Ley N° 3.500, no pudiendo estimarse como ilegal o arbitraria su actuación, ni existiendo garantía constitucional alguna afectada o amenazada, por lo que no cabe sino rechazar el recurso de protección intentado.
Por tanto, concluye que se rechaza sin costas, el recurso de protección interpuesto en contra de la Administradora de Fondo de Pensiones Capital S.A.

 

Vea texto íntegro de la sentencia rol 100-2017

 

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