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En forma unánime.

CS confirmó sentencia y declaró inadmisible protección deducida respecto de Tesorería General del Bio-Bío por trabar embargo en expediente administrativo de cobro de impuestos.

El recurrente estimó vulneradas las garantías fundamentales establecidas en el artículo 19 números 2 y 24 de la Constitución.

7 de septiembre de 2019

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Concepción que declaró la inadmisibilidad de la acción de protección deducida en contra de la Tesorería General del Bio-Bío por trabar embargo, en expediente administrativo de cobro de impuestos.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Tesorería General del Bio-Bío, por proceder trabar embargo sobre dineros depositados en la cuenta corriente del recurrente, por la suma de $16.451.315, según consta en expediente administrativo seguido ante Tesorería Regional de Concepción Rol N° 11964-2019, a pesar de no haberse dictado en la causa sentencia definitiva de primera instancia ni de notificarse la misma.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.
Cabe recordar que, en su sentencia, la Corte de Concepción expuso en su oportunidad que de los hechos expuestos en la presentación del recurrente, que lo que intentó obtener a través de esta acción constitucional es alterar lo resuelto jurisdiccionalmente en el expediente administrativo sobre cobro de impuestos Rol n° 11964-2019 de la Tesorería Regional del Biobío y también en las causas sobre reclamación RIT GR-10-00122-2018 y GR-10-0081-2018, ambas del ingreso del Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Ñuble y del Biobío, lo que supone que estos asuntos están actualmente sometidos al imperio del derecho ante tribunal competente, siendo ese ámbito donde el recurrente puede ejercer los recursos ordinarios que la ley le concedió expresamente.
Enseguida, el fallo expuso que, como consecuencia de lo anterior, no se vislumbró de los hechos expuestos, que éstos constituyan vulneración de alguna de las garantías constitucionales señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.
De ese modo, se concluyó declarando inadmisible el recurso de protección.
Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 22130-2019 y de la Corte de Apelaciones de Concepción en causa Rol Nº 16521-2019.

 

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