Noticias

En fallo unánime.

CS revocó sentencia y rechaza protección deducida contra Servicio Nacional de la Mujer y Equidad De Género por no renovación de «contrata».

Recurrente estimó vulneradas las garantías establecidas en el artículo 19 número 2, 16 y 24 de la Constitución.

2 de noviembre de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco y rechazó protección interpuesta por funcionario contra Servicio Nacional de la Mujer y Equidad De Género por no renovar su “contrata”.
En su momento, la parte recurrente arguyó, en síntesis que, con fecha 30 de noviembre de 2017 se le notificó la prórroga de la contrata por el año 2018, siendo calificada en lista 1 de distinción, con nota final de 97,7 de un máximo de 100 puntos. A partir de marzo de 2018, con el cambio de la nueva administración, continuó desarrollando labores con normalidad. Se le asignaron nuevas funciones, como encargada de programas que lleva a cabo el SERNAMEG en la región. Sin embargo, a partir del segundo semestre del señalado año, una vez producido el cambio de Directora Regional, se le informó la no renovación de su contrata. Acto que estimó vulneras las garantías establecidas en el artículo 19 números 2, 16 y 24 de la Constitución Política de la República.
Por su parte, la Corte de Apelaciones de Temuco indicó, en síntesis que, se advierte que toda la referida argumentación solo se basa en menciones genéricas, que no hacen referencia al desempeño de la recurrente, ni al hecho de mantenerse o no las funciones para las cuales fue nombrada, como tampoco al hecho de existir una eventual reestructuración del Servicio. De esta forma, no se atisba justificación concreta alguna a su desvinculación.
El máximo tribunal revocó la sentencia apelada, indicando en síntesis que, la autoridad recurrida se encontraba legalmente facultada para no renovar los servicios a contrata de la actora, puesto que, como se dijo, la principal característica de este tipo de vinculación es la precariedad en su duración, supeditada a las necesidades temporales de la entidad administrativa, razón por la que el acto impugnado no puede ser tildado de ilegal o arbitrario. La sentencia fue dirimida con la prevención del ministro Muñoz quien indicó que el recurso debía ser rechazado por la mera circunstancia de no concurrir la renovación de la contrata del recurrente por más de dos anualidades.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 12464-2019 y de la Corte de Apelaciones de Temuco en causa Rol Nº 6703-2019.

 

RELACIONADOS
*CS revocó sentencia y rechazó protección contra Gobierno Regional de la Araucanía por no renovar "contrata" de funcionario…
*CS revocó sentencia y rechaza protección deducida contra Municipalidad de San Javier por no renovación de "contrata"…

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *