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En fallo unánime.

Corte de Antofagasta prohíbe uso de armas letales y balines en manifestaciones pacíficas.

El Tribunal de alzada decretó orden de no innovar parcial y dispuso, además, que se limite el uso de gases lacrimógenos o cualquier otro método o procedimiento que afecte la integridad física de las personas, a situaciones extremas que lo ameriten.

13 de noviembre de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Antofagasta dio por interpuesto recurso de protección presentado contra de Carabineros y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ordenando a los recurridos sujetar su actuar estrictamente a protocolo y abstenerse de utilizar armas letales y balines en contra de quienes participen en manifestaciones pacíficas.
La sentencia sostiene que téngase por interpuesto recurso de protección en contra de Carabineros de Chile y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Informen los recurridos a su tenor, dentro del término de cinco (5) días hábiles, debiendo acompañar todos los antecedentes justificativos de sus alegaciones.
La resolución agrega que teniendo presente que la ejecución inminente del acto recurrido y las garantías constitucionales que pueden verse afectadas, tornaría imposible el cumplimiento de lo resuelto para el caso de acogerse el recurso, se decreta orden de no innovar parcial, en el sentido que las autoridades mencionadas deberán atenerse estrictamente al protocolo dispuesto por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública para la situación actual, esto es, abstenerse de utilizar armas letales, como también balines, respecto únicamente de las personas que protesten pacíficamente, limitando el uso de gases lacrimógenos o cualquier otro método o procedimiento que afecte la integridad física de las personas, a las situaciones extremas que lo ameriten.

 

Vea video ministro Óscar Clavería

Vea texto íntegro de la sentencia rol 8013-2019

 

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