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Por unanimidad.

CS confirma sentencia que rechazó protección en contra de la Municipalidad de Santiago por no disponer de planes alternativos al cierre del año escolar a los alumnos del Instituto Nacional.

La Corte de Santiago estimó que la autoridad recurrida realizó todos los esfuerzos para asegurar una continuidad de la entrega de servicios educacionales y que un plan alternativo es materia del poder Ejecutivo.

24 de noviembre de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó protección deducida por un grupo de padres en representación de alumnos de cuartos medios del Instituto Nacional en contra la decisión de la Municipalidad de Santiago de cerrar anticipadamente el año escolar en dicho establecimiento educacional.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló que ha tenido en consideración los antecedentes aportados por las partes, especialmente en cuanto a los intentos del municipio recurrido, por buscar las vías de diálogo que llevasen a que los alumnos retomaran sus clases de forma regular, lo que no pudo materializarse.
Agrega además el fallo de la Corte de Santiago, que no puede calificarse de ilegal o arbitraria además la omisión de la entidad municipal de entregar un plan alternativo de cierre del año escolar para los recurrentes, toda vez que tal actuación es materia de un decreto supremo emitido por la autoridad ejecutiva, evidenciándose una falta de competencia para efectuar tales actuaciones perseguidas por los actores.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 29.849-2019 y de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol Ingreso N° 56.265-2019.

 

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