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Con disidencia.

CS confirmó sentencia que acogió protección contra SERVIU de la Región de Valparaíso por término anticipado de contrata a funcionaria.

La decisión fue acordada con la prevención de los Ministros Sergio Muñoz y Carlos Aranguiz y con el voto en contra de la Ministra María Eugenia Sandoval y el Abogado Integrante Julio Pallavicini, quienes fueron de parecer de revocar el fallo en alzada y, en su lugar, rechazar el recurso de protección interpuesto, teniendo presente para ello sus propios razonamientos.

24 de noviembre de 2019

Con dos votos en contra, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Valparaíso y acogió protección interpuesta por un funcionario contra Subsecretaría del Servicio de Vivienda y Urbanización (SERVIU) de la Región de Valparaíso por el término anticipado de su contrata.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Valparaíso por la dictación de la resolución exenta RA Nº 116798/41/2019 de fecha 29 de marzo de 2019, mediante la cual se dispuso el término anticipado de su contrata, por no ser necesarios sus servicios.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 de la Constitución numerales 2, 3 inciso quinto, 16 y 24.
Por su parte, la Corte de Apelaciones de Valparaíso indicó, en síntesis que, la autoridad administrativa recurrida se encontró legalmente facultado para hacer cesar los servicios a contrata de la recurrente, servicios cuya principal característica es la precariedad en su duración, supeditada a las necesidades de la entidad administrativa, y consta además que el acto mediante el cual se puso término a la contrata se encontró motivado. No obstante lo anterior, lo cierto es que el acto, adoleció de arbitrariedad desde el momento que, habiendo sido prorrogada la contrata primitiva que mantuvo el recurrente con la recurrida por Resolución TRA 116798/11/2019 de fecha 29 de enero del año en curso, esto es, cuando ya hubo efectuado la calificación anual, a juicio de esta Corte no ha podido efectuarse una calificación complementaria por un periodo que naturalmente no otorgó la oportunidad para superar las deficiencias identificadas en su calificación funcionaria que abarcó según el informe de la autoridad recurrida el periodo comprendido entre el 1° de septiembre de 2018 al 31 de enero de 2019, por lo que se acogió el recurso de protección.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.
La decisión fue acordada con la prevención de los Ministros Sergio Muñoz y Carlos Aranguiz y con el voto en contra de la Ministra María Eugenia Sandoval y el Abogado Integrante Julio Pallavicini, quienes fueron de parecer de revocar el fallo en alzada y, en su lugar, rechazar el recurso de protección interpuesto, teniendo presente para ello sus propios razonamientos.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 20916-2019 y de la Corte de Apelaciones de Valparaíso en causa Rol Nº 5394-2019.

 

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