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Por unanimidad.

Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección en contra de Registro Civil por negarse a inscripción de auto de posesión efectiva a recurrente

La Corte de Santiago señaló que, a juicio de la Corte, apareció que la parte recurrente no acreditó que el Servicio actuó fuera de su marco legal inspirado en un antojo o capricho.

22 de diciembre de 2019

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó la acción de protección interpuesta por una ciudadana británica en contra de la negativa del Servicio de Registro Civil e Identificación a inscribir la posesión efectiva de David Edward Grey a la recurrente, Andrea Patricia Clausen.

En su escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación por la dictación del Informe SDPE Nº 2293-2018, de fecha 16 de noviembre de 2018; mediante el cual se negó  la inscripción del auto de posesión efectiva ordenado por el 19º Juzgado Civil de Santiago a favor de la recurrente, ya que el causante extranjero no cumplía con los requisitos del Decreto Supremo Nº 237 de 2004 del Ministerio de Justicia, esto es, no poseer Rol Único Nacional ni número, año y circunscripción de la inscripción de defunción, puesto que el fallecimiento ocurrió en las Islas Falklands y el causante era de nacionalidad inglesa.

La recurrente sostuvo que se vulneró sus garantías establecidas en el artículo 19 numerales 2 y 24 de la Constitución Política de la República.

La Corte de Apelaciones de Santiago señaló en síntesis que, a juicio de la Corte, de lo expuesto apareció que la parte recurrente no acreditó que el Servicio actuó -al menos dentro del análisis cautelar de este procedimiento- fuera de su marco legal inspirado en un antojo o capricho; ni se apreció de los antecedentes la existencia de un derecho indiscutido y preexistente de aquellos cuyo imperio la Corte deba proteger por esta vía. En efecto, por un lado, la discriminación reclamada no es tal, pues la información indicada en la norma citada le es exigible a todos quienes se encuentren en la situación de la recurrente, lo que descartó la vulneración a la garantía de la igualdad ante la ley, y el derecho de propiedad permanece incólume, pues tampoco se ha visto afectado la validez del auto de posesión efectiva, razones por las cuales, se rechazó el recurso de protección.

La Corte Suprema por su parte, confirmó la sentencia apelada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 17454-2019 y de la Corte de Apelaciones Rol 88774 – 2018

 

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