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En fallo unánime y con prevención.

Corte Suprema acogió protección y ordenó a diarios rectificar noticia de carabinero involucrado en querella criminal

La Corte Suprema agregó que la subsistencia de la mencionada información supone extender un juicio de reproche o, a lo menos, imponer un manto de duda acerca del desempeño profesional del actor.

31 de diciembre de 2019

Por unanimidad y con prevención, la Corte Suprema revocó sentencia y acogió el recurso de protección deducido por un ex Teniente Coronel de Carabineros en contra de Google, Bing y del Poder Judicial por mantener vigentes en sus motores de búsqueda datos del recurrente que no se encuentran vigentes.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de Google, Bing y del Poder Judicial por mantener vigentes en sus motores de búsqueda datos del recurrente que lo vinculan con una querella criminal que no prosperó en su contra y que los mismos antecedentes han perdido vigencia.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.

En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Santiago señaló en síntesis que, no es posible formar el convencimiento que las recurridas hayan incurrido en un acto u omisión arbitraria o ilegal que amerite adoptar alguna medida de resguardo a favor de la recurrente, ni es posible advertir la vulneración que se denunció a los numerales 1º, 2º, 3º y 4° del artículo 19 de la Carta Fundamental, razón por la que se rechazó el recurso de protección.

Sin embargo, el máximo Tribunal por su parte revocó la sentencia apelada, y en su lugar acogió el recurso de protección deducido, señalando en su sentencia que mantener vigente la publicación de una noticia que da cuenta de una imputación penal, sin incluir información actualizada sobre la decisión con que culminó el proceso penal respectivo, luego de transcurrido largo tiempo, resultó ajena a la finalidad de informar a la ciudadanía de los hechos que presentan mayor interés y utilidad.

El fallo de la Corte Suprema agregó inmediatamente en su fallo que, la subsistencia de la mencionada información supone extender un juicio de reproche o, a lo menos, imponer un manto de duda acerca del desempeño profesional del actor, con un resultado indeleble y con efectos que se aproximan incluso al rechazo que provoca una determinación condenatoria.

Por lo que el máximo Tribunal ordenó a la Empresa El Mercurio S.A.P. y a la Empresa Periodística La Tercera S.A., actualizar, complementar, aclarar y/o contextualizar las publicaciones efectuadas con fecha 16 de marzo de 2013 (diario La Segunda) y 29 de abril de 2013 (diario La Tercera), incluyendo una clara referencia al desenlace no discutido, esto es, que la formalización efectuada por el Ministerio Público y el auto de procesamiento del actor en la causa Rol N° 351-2014 de la Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros, fue dejado sin efecto por la justicia ordinaria.

La sentencia fue acordada con la prevención de la Ministro María Eugenia Sandoval.

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