Noticias

En forma unánime.

Corte Suprema confirmó sentencia que acogió protección en contra de Jefe del Departamento de Extranjería por no recepcionar solicitud de refugio de ciudadanos cubanos

La Corte de Santiago señaló que, el proceder del recurrido importa una discriminación en contra de los recurrentes en relación con el trato dispensado a otros extranjeros.

9 de enero de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió la acción de protección interpuesta por tres ciudadanos cubanos en contra del Jefe del Departamento de Extranjería por la negativa a la recepción de solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado de los recurrentes.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Jefe del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio de Interior y Seguridad Pública por la negativa a la recepción de solicitud de refugio con sus antecedentes y el envío de los mismos a la Comisión de Reconocimiento de la Condición de Refugiado.

Los  recurrentes estimaron vulneradas su garantía constitucional del artículo 19 de la Constitución numeral 2.

En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Santiago indicó, en síntesis que, al no haber el Departamento de Extranjería y Migración formalizado de inmediato la solicitud que ante ella se presentó, incurrió en un comportamiento no sólo ilegal al desdeñar el derecho que le confirió al recurrente la Ley N° 20.430, en cuanto someter en el más breve plazo al conocimiento de la autoridad pertinente su requerimiento de reconocerle la calidad de refugiado, sino también arbitrario, al encontrarse desprovisto de fundamentos que le sirvan de justificación jurídica suficiente. Este proceder importa una discriminación en su contra en relación con el trato dispensado a otros extranjeros que, en situación jurídica equivalente, habían podido tramitar regularmente –al menos, hasta junio de 2018- sus solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiados. Por ende, se afectó el derecho a la igualdad ante la ley garantizado en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, por lo que se acogió la acción de protección.

Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 38856-2019Corte de Apelaciones de Santiago Rol N° 48118 – 2019

 

RELACIONADO

CS confirmó sentencia que acogió protección contra Departamento de Extranjería por no formalizar solicitud de refugio a ciudadana venezolana…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *