Noticias

En fallo unánime.

Corte Suprema confirma fallo que condenó a empresa cementera por muerte de trabajador

El máximo Tribunal declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido por la demandada en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco.

10 de enero de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a la empresa Gaspar Neira Balboa Baldosas y Tubos de Cemento E.I.R.L., por la muerte de trabajador.

La sentencia sostiene que la recurrente de casación estima infringidos los artículos 2314 y 2329, ambos del Código Civil y 425 del Código de Procedimiento Civil, atendido que no se consideró la conducta de la víctima, sino sólo como mecanismo para atenuar la responsabilidad, pero no como una intervención causal significativa o determinante en el hecho, lo que implicaría una rebaja mayor de los montos a los que fue condenado. De esta forma, agrega, se confunden en el fallo recurrido los elementos de culpas o negligencias concurrentes y la actividad desarrollada por ambas partes y su implicancia causal en el hecho. Asimismo, el fallo omitió ponderar la prueba existente, imputándose a su representada la integridad del daño, aun cuando existieron causales eficientes para ser analizadas como concausas, en especial la pericia rendida de la cual emana que la víctima sufrió lesiones y que durante su permanencia en el hospital desarrolló una enfermedad bronquial que, al no tener éxito el tratamiento, produjo su muerte.

La resolución agrega que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, cual es que el escrito en que se lo interpone exprese, es decir, explicite en qué consiste el o los errores de derecho.

Añade que al examinar la admisibilidad de un recurso de casación que incide en una sentencia que se pronuncia sobre una demanda de responsabilidad civil extracontractual, el recurrente debía necesariamente relacionar la eventual infracción de ley denunciada con los artículos 2330 del Código Civil, que fue utilizado por la Corte recurrida en su fallo, y el artículo 69 de la Ley 16.744, conforme lo reseñado en los motivos quinto y séptimo del fallo de primera instancia. Estas normas tienen carácter decisorio Litis, pues ahí consagra la reducción de culpa por exposición imprudente al daño de la víctima, que la Corte recurrida tuvo presente para rebajar la codena cursada en la instancia, como el contexto laboral que se tuvo en cuenta respecto del accidente ocurrido. Al no extender la infracción a estos preceptos, impide a esta Corte extender su pronunciamiento en la eventual sentencia de remplazo que se dictare, de acogerse el recurso.

Por estas consideraciones y de conformidad con las normas legales citadas, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por abogado, en representación de la parte demandada, contra la sentencia de veintidós de mayo de dos mil diecinueve.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 18786-2019 y de la Corte de Apelaciones Rol 1204 – 2018

 

RELACIONADOS

Corte de Santiago rechaza demanda contra empresa minera por muerte de trabajador…

CS condena a empresa portuaria a pagar indemnización por muerte de trabajador..

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *