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Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Alcalde de Combarbalá por término de la «contrata» del recurrente.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de los numerales 16 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental.

10 de febrero de 2020

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó el recurso de protección deducido por un profesor en contra del Alcalde de Combarbalá y el Contralor Regional por el término de la “contrata” del recurrente.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Alcalde de Combarbalá, por la dictación del Decreto Nº 369, de fecha 22 de enero de 2019, que dispuso la no renovación de su contrato y; del Contralor Regional de la República, por rechazar el recurso presentado por el recurrente; el mediante Oficio N° 3.664, de Contraloría Regional de La República, de fecha 9 de julio de 2019.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de los numerales 16 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental.

La sentencia de la Corte de La Serena señaló que, respecto a la acción deducida en contra del acto impugnado el Oficio N° 3.664 de la Contraloría Regional de la República, de fecha 09 de julio de 2019, se rechazó reconociendo la falta de legitimación pasiva del recurrido, dado que el acto impugnado en realidad no es otro que el contenido y decisión del decreto alcaldicio N° 369 y no el oficio N° 3.664, ya que del tenor del propio recurso, el recurrente refiere a que la Contraloría amparó la ilegalidad del Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Combarbalá, dirigiendo la acción no en contra del generador del supuesto acto ilegal y arbitrario, sino que se pretendió renovar el plazo de la acción de protección para nuevamente atacar el citado decreto alcaldicio, por lo que se rechazó el recurso de protección.

Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.

 

 

Vea texto íntegro de las sentencia de la Corte Suprema Rol N° 33199 – 2019  y Corte de Apelaciones de La Serena Rol N° 1064-2019

 

 

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