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Por unanimidad.

CS confirmó fallo que rechazó amparo en contra de Carabineros de Chile por reprimir a voluntarios de primeros auxilios.

Los amparados acusan malos tratos y persecución policial.

19 de febrero de 2020

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción que rechazó recurso de amparo deducido por un grupo de voluntarios de primeros auxilios en contra de Carabineros de Chile. Los amparados señalan que luego de una jornada de manifestaciones en la que estuvieron prestando servicios de primeros auxilios, se prestaban a retornar a sus casas, cuando llegaron efectivos policiales a disuadir a los manifestantes que allí se encontraban y a desarmar algunas barricadas improvisadas. Para ello procedieron lanzando lacrimógenas y disparando balines directamente al cuerpo de los manifestantes, con escopetas anti disturbios, vieron que varios Carabineros pasaban a su lado, por lo que decidieron levantar los brazos e indicar que eran brigadistas de la salud y que se encontraban allí para atender heridos, con el fin de que los ayudaran a salir de ese lugar. La respuesta de Carabineros fue sumamente agresiva, siendo reducidos por múltiples funcionarios policiales, quienes los tiraron al piso, mientras recibían manotazos, y les registraban las mochilas en donde portaban los insumos médicos, procediendo a destruir dichos insumos. Que aquella situación se repitió durante los siguientes días, siendo testigos de golpizas y acciones violentas de los recurridos, donde casi los atropellan, les hicieron varios controles de identidad y les lanzaron bombas lacrimógenas y balines.
El recurrido señala en su informe que en las fechas señaladas, en el marco de operaciones se desarrollaron labores policiales de control de orden público; procedimientos policiales ordinarios por robos; detenidos por receptación; controles de identidad; entre otros.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso, concluyendo que no ha resultado acreditado que los brigadistas de la salud por quienes se recurre de amparo hayan sido objeto de detenciones arbitrarias e ilegales, ya que aquellos que fueron detenidos pasaron a disposición de la Fiscalía, quedando los amparados en libertad por instrucciones del Fiscal. Que, tampoco es posible sostener que existiera un ataque selectivo por parte de Carabineros a estos grupos de personas, menos ataques directos a ellos con la mezcla química del carro lanza aguas, ataques directos de gases lacrimógenos, golpes con bastones anti disturbios y escudos, golpes de puños y pies, tampoco insultos, amenazas a su vida e integridad, violación de sus comunicaciones privadas, seguimientos, entre otra serie de hostigamientos arbitrarios e ilegales, en el contexto en que prestaban atenciones humanitarias de primeros auxilios en la vía pública.
Por su parte, el Máximo Tribunal confirmó el fallo por unanimidad, con prevención del Ministro Brito, quién señaló que la fuerza pública debía facilitar las actuaciones de los voluntarios que prestan asistencia de urgencia a los participantes en las manifestaciones de que se trata.

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 2945-20 y de la Corte de Apelaciones de Concepción Rol Amparo 274-2019.

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