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En fallo dividido.

CS confirmó sentencia que acogió protección contra Banco por negativa a restituir $5.000.000 que fueron sustraídos a través de fraude informático.

La corte de Valdivia señaló que, no es posible atribuir la responsabilidad de lo ocurrido, sin más, al cuenta correntista por un supuesto mal uso de sus claves y productos asociados a ellas.

27 de febrero de 2020

Con dos votos en contra, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Valdivia que, rechazó el recurso de protección interpuesto por un cuentacorrentista en contra del Banco del Estado por no otorgar restitución de los fondos que fueron sustraídos a través de un fraude informático.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Banco del Estado por la negativa a devolver la cantidad de $5.000.000, que fueron sustraídos mediante un fraude informático consistente en tres transferencias desde la cuenta bancaria del recurrente.

El recurrente estimó vulnerado su garantía del artículo 19 numeral 24 de la Constitución.

La sentencia de la Corte de Valdivia señaló que, se puede afirmar que en este fraude informático no es posible atribuir la responsabilidad de lo ocurrido, sin más, al cuenta correntista por un supuesto mal uso de sus claves y productos asociados a ellas, pues la entidad bancaria no proporcionó ningún antecedente que permita arribar a tal conclusión y, en consecuencia, la pérdida del dinero debe asumirla el Banco, se trató de sus dineros, bienes fungibles, conforme dispone el artículo 575 del Código Civil.

El fallo agregó inmediatamente que, asentado lo anterior, no queda más que calificar el actuar de la recurrida como ilegal y arbitrario, pues no tiene justificación para no asumir el perjuicio económico de lo ocurrido, pretendiendo trasladar los efectos del fraude bancario al actor, lo que afectó directamente el patrimonio de éste, vulnerando así el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política, su derecho de propiedad, razón por la que se acogió el recurso de protección.

El máximo Tribunal, por su parte, confirmó la sentencia apelada siendo acordada con el voto en contra del Ministro Sergio Muñoz y del Abogado Integrante Diego Munita quienes fueron del parecer de revocar el fallo apelado y rechazar el recurso de protección, teniendo en cuenta para ello sus propios fundamentos.

 

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N°18156 – 2019 y Corte de Apelaciones de Valdivia Rol N° 1113-2019.

 

 

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