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En fallo unánime.

Corte de Apelaciones de Santiago confirma fallo que acogió demanda por accidente del trabajo.

El Tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la demandada Bredenmaster en contra de la sentencia dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que ordenó el pago solidario de la suma total de $28.875.000 al trabajador accidentado en septiembre de 2018.

29 de abril de 2020

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago indica que, a mayor abundamiento, queda en evidencia lo razonado precedentemente, esto es, que la infracción que la parte recurrente denuncia del artículo 477 del Código del Trabajo no es tal, desde que, es posible apreciar de la sola lectura del fallo del Tribunal a quo que, a partir de las pruebas rendidas en la secuela del juicio se acreditó tanto el hecho del accidente, como la responsabilidad de las empresas demandadas.

La resolución agrega que en efecto, fluye de la consideración novena de la sentencia impugnada que quedaron asentados, como hechos inamovibles en el pleito, que la ocurrencia de accidente fue el día 25 de septiembre de 2018 en horas de la mañana; que el trabajador prestaba servicios para la firma AM CONSTRUCCIONES; que dichas labores se ejecutaban en un recinto de la empresa BREDENMASTER; que la secuencia fáctica de lo acontecido se produce, en el día y lugar señalados, luego de recibir el trabajador una instrucción de su Jefe directo don Álvaro Maldonado, para utilizar un esmeril eléctrico que contaba con un disco no apto para esa herramienta, por lo que luego de encenderlo para cortar fierros, explotó provocándole lesiones en sus dedos anular y medio de la mano izquierda y siendo posteriormente trasladado hasta el Instituto de Seguridad del Trabajo.

El fallo indica que seguidamente, se estableció la responsabilidad de las demandadas AM CONSTRUCCIONES SPA y BREDENMASTER S.A., considerando décimo y considerando décimo quinto del fallo impugnado, respectivamente. En lo que interesa al recurso, se fijó que la recurrente -BREDENMASTER- incumplió con sus deberes de seguridad, conforme mandan los artículos 183-E del Código del Trabajo y 66 bis de la Ley N° 16.744, dado que, siendo el accidente provocado al trabajador previsible y evitable, no aparece que se hayan adoptado por esa demandada las medidas de seguridad suficientes para proteger la integridad física del demandante; tampoco se acreditó por su parte que, se hubiera efectuado una vigilancia sobre las labores que se desarrollaban al interior de su recinto y que se verificara que se entregaran los elementos de seguridad necesarios a la víctima, todos elementos suficientes para atribuir, como se hizo, la responsabilidad de la misma en el señalado accidente.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de a Corte de Apelaciones de Santiago Rol Nº 3004 – 2019

 

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