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Por unanimidad.

CS confirmó fallo que rechazó amparo en contra de Comisión de Reducción de Pena que rechazó beneficio.

El recurrente considera vulnerado su derecho a la libertad individual.

29 de mayo de 2020

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó recurso de amparo deducido por condenado en contra de Comisión de Reducción de Pena de la Corte de Apelaciones de Santiago. El recurrente señala que el amparado se encuentra cumpliendo tres penas, dos penas de 541 días y una de 200 días por tres delitos de receptación de especies, iniciando el cumplimiento de ellas el 9 de agosto de 2016, estimándose como fecha de término el 9 de septiembre del año 2020.
Indica que no fue beneficiado con la reducción de pena que dispone la Ley 19.856 por aplicación de la causal contemplada en el artículo 17 letra g), esto es, “que la condena hubiere sido dictada considerando concurrente alguna de las circunstancias agravantes establecidas en los números 15 y 16 del Código Penal, agravantes no presentes en las sentencias condenatorias.
El recurrido señala en su informe que no mantiene los antecedentes que se tuvieron a la vista para calificar la conducta de los internos privados de libertad, por cuanto son entregados anualmente en carpetas que luego de su calificación son retornadas a los centros penitenciarios de origen. Sin perjuicio de lo anterior, consultada Gendarmería de Chile se les informó que el amparado fue excluido por la Comisión por haber quebrantado su condena.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso, concluyendo que la Comisión recurrida actuó conforme a la normativa vigente y dentro del marco que le otorgan los artículos 10 y siguientes y 17 de la Ley 19.856, específicamente en la letra a) de este artículo.
Por su parte, el Máximo Tribunal confirmó el fallo por unanimidad.

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 1496-19 y de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol Amparo 3025-2019.

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