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Con 39 votos a favor.

Roaming automático nacional a ley.

La propuesta despachada permitirá facilitar el acceso internet en todo el país. Hoy localidades aisladas, insulares y con baja densidad poblacional tienen graves problemas para comunicarse.

8 de junio de 2020

Un respaldo cerrado dio la Sala del Senado al proyecto que establece roaming automático nacional. Habiéndose aprobado las modificaciones realizadas por la Cámara Baja en su segundo trámite, el texto queda en condiciones de convertirse en ley.
La propuesta –iniciada en mensaje que refunde una moción de los senadores Órdenes, Chahuán, Elizalde, García Huidobro y Pizarro- busca asegurar el acceso comunicacional a todo el país sin que se generen costos adicionales para el cliente. En simple, se establece la obligación a las compañías de telecomunicaciones de permitir el uso de sus redes para alcanzar la debida conectividad.
Durante el debate, los legisladores abordaron la importancia que tiene en tiempos de pandemia, un internet estable. Mencionaron lo clave que resulta para realizar teletrabajo, estudiar y comprar bienes y productos. En tal sentido, insistieron en la necesidad de garantizar una alianza público privada para desarrollar proyectos de telecomunicaciones.
También se mencionó la importancia de llegar a todos los chilenos con conectividad, considerando que en la actualidad zonas alejadas de la zona central, otras con baja densidad poblacional y territorios insulares les es muy difícil sentirse comunicados.

 

Proyecto aprobado

La norma en tercer trámite, facilita el acceso al servicio de telecomunicaciones, tanto de voz como en mensajería de datos e internet, a cada uno de los habitantes de nuestro territorio nacional.
El texto respaldado por la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones aprueba las modificaciones realizadas por la Cámara Baja. Así se establece que  los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones que sean asignatarios de derechos de uso de espectro radioeléctrico deberán permitir el acceso y uso de sus facilidades a otros concesionarios de servicios públicos o que estén interesados en constituirse como tales, para la operación móvil virtual y de roaming automático.
Para lo anterior, deberán formular y mantener actualizadas ofertas de facilidades mayoristas públicas sobre la base de criterios generales, uniformes, objetivos, transparentes, orientados a costos, en condiciones económicas viables y no discriminatorias, y suficientemente desagregadas en todos sus elementos.
Dicha oferta, señala el texto, deberá ser única por cada grupo empresarial y contemplar todas las bandas de frecuencia de que dispongan y que sean utilizadas para la prestación, por sí mismos o a través de terceros, de servicios públicos de telefonía móvil o de transmisión de datos móviles.
Un reglamento, expedido a través del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, regulará las normas y plazos a que se ajustará el conjunto de condiciones técnicas, económicas, operativas, comerciales y otras que deberán contener las ofertas de facilidades y los respectivos contratos, conforme a los criterios y principios, así como sus posibles destinatarios, debiendo estas ofertas estar sujetas a la aprobación de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis boletín Nº12558-15

 

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