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Control obligatorio.

TC deberá pronunciarse sobre constitucionalidad de proyecto que protege libre elección en servicios de cable, internet o telefonía.

Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.

12 de diciembre de 2014

La Cámara de Diputados remitió al Tribunal Constitucional el proyecto de ley que protege la libre elección en los servicios de cable, internet o telefonía (Boletín 9007-03), con el objeto que se ejerza el control de constitucionalidad de su artículo 3º transitorio.

Al efecto, cabe recordar que el articulado permanente del proyecto de ley realiza enmiendas a la Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones; y a la Ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria.

Por su parte, el referido artículo 3º transitorio dispone, en esencia, que las controversias que se susciten entre nuevos y anteriores proveedores de servicios de telecomunicaciones deberán ser resueltas por un árbitro arbitrador designado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 232 del Código Orgánico de Tribunales.

Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 2755-14.

 

 

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