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Control obligatorio.

TC deberá pronunciarse respecto de constitucionalidad de proyecto que establece sanciones a quienes impidan el acceso a playas de mar, ríos y lagos.

El proyecto tiene por objeto garantizar el libre acceso de las personas a las playas de mar o de aguas interiores, sancionando a quienes impidan o dificulten el paso hacia las mismas.

28 de enero de 2019

El Senado remitió al TC el proyecto de ley que establece sanciones a quienes impidan el acceso a playas de mar, ríos y lagos (Boletín N°12.330-20)

Cabe señalar que el proyecto tiene por objeto garantizar el libre acceso de las personas a las playas de mar o de aguas interiores, sancionando a quienes impidan o dificulten el paso hacia las mismas.

En razón de ello, señala que ningún propietario, arrendatario, tenedor u ocupante del terreno colindante no podrá cerrarlas no obstaculizarlas de ningún modo. Asimismo, señala que en caso de contravención, el infractor será sancionado con multa a beneficio fiscal de 10 a 100 UTM. Contempla, además, la reincidencia en la conducta, estableciendo que en ese caso se podrá aplicar una multa equivalente al doble del máximo establecido.

Finalmente, se expresa que la aplicación de la multa y la reclamación de la misma se regirán por las disposiciones contenidas en la ley N° 18.287, que establece el procedimiento ante los juzgados de policía local.

Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 6007-19 y del proyecto de ley.

 

 

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