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CC de Colombia ajusta norma del Código Nacional de Policía que impedía ingreso a lugares públicos de personas con discapacidad en compañía de sus perros de asistencia.

La Magistratura colombiana adujo que el Congreso incurrió en un acto discriminatorio en contra de las personas en situación de discapacidad distinta a la visual, cuando omitió de manera injustificada su inclusión en una regulación legal.

19 de febrero de 2020

La Corte Constitucional de Colombia ajustó norma del Código Nacional de Policía que impedía ingreso a lugares públicos de personas con discapacidad en compañía de sus perros de asistencia.
Al respecto, la Magistratura constitucional colombiana sostuvo que, el Legislador incurrió en una omisión legislativa relativa en el Código Nacional de Policía, en razón a que al autorizar en lugares públicos solamente la presencia de perros guías que acompañan a su dueño o tenedor con discapacidad visual, excluyó a las personas con discapacidad distinta a la visual que requieren la compañía de un canino de asistencia para ingresar a lugares abiertos al público o edificaciones públicas.
Enseguida, la Corte señaló que el Congreso incurrió en un acto discriminatorio en contra de las personas en situación de discapacidad distinta a la visual, cuando omitió de manera injustificada su inclusión en una regulación legal que contiene un beneficio que busca asegurar su acceso al entorno físico y su inclusión social. Al respecto, destacó que una persona con discapacidad mental que requiere la compañía de su perro de asistencia, se encuentra en una situación en todo asimilable a una persona con discapacidad visual que necesita el apoyo de su perro guía. En efecto, en ellos converge la misma condición de tener una discapacidad y la necesidad de contar con el apoyo de un perro entrenado que les ayude a superar sus limitaciones funcionales y a moverse por el mundo con mayor autonomía y seguridad.
Finalmente, el órgano constitucional precisó que normas como la acusada refuerzan el imaginario colectivo, según el cual, un perro de asistencia es solo un perro guía que conduce a una persona con discapacidad visual y, por ello, es común escuchar, como lo relató una interviniente en el trámite constitucional, que otros caninos de asistencia no son aceptados como acompañantes en lugares públicos.

 

Vea texto íntegro del comunicado de prensa.

 

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