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Por unanimidad.

Corte Suprema confirmó sentencia y rechazó protección contra Banco Estado por desestimar crédito hipotecario

Pese a contar el recurrente con aprobación inicial para acceder al crédito hipotecario, el Banco, de todas formas, rechazó el acceso a éste. Por lo que se estimó vulneradas las garantías constitucionales del artículo 19 numerales 1, 2, y 24 de la Constitución.

10 de diciembre de 2019

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia y rechazó el recurso de protección deducido contra el Banco del Estado, por rechazar un crédito hipotecario al recurrente, a pesar de contar con una aprobación comercial inicial.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Banco del Estado por rechazar un crédito hipotecario al recurrente luego de contar con una aprobación comercial inicial, hecho que llevó incluso al recurrente a suscribir una promesa de compraventa respecto de un inmueble ubicado en Osorno.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 1, 2, y 24 de la Constitución.

En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Valdivia indicó que, existiendo en el ordenamiento jurídico nacional un procedimiento especial para el evento de existir controversias como la que planteó el recurrente, resultó evidente que no es una materia que corresponda ser dilucidada por medio de la presente acción cautelar, ya que ésta no constituye una instancia de declaración de derechos sino que de protección de aquellos que, siendo preexistentes e indubitados, se encuentren afectados por alguna acción u omisión ilegal o arbitraria y, por ende, en situación de ser amparados, presupuesto que en la especie no concurrió, razón por la que se rechazó el  recurso de protección.

Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.

 

Vea textos íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 31762-2019 y de la Corte de Apelaciones de Valdivia Rol  2445-2019

 

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