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Con un voto en contra.

Corte Suprema declaró inadmisible recurso de protección contra «Damas de Rojo» por desvinculación de recurrente.

La Corte de San Miguel declaró inadmisible el recurso de protección por extemporáneo.

10 de enero de 2020

Con un voto en contra, la Corte Suprema confirmó la resolución de la Corte de San Miguel que declaró inadmisible un recurso de protección en contra de las “Damas de Rojo” por ser supuestamente desvinculada arbitrariamente de la institución.

En su sentencia, la Corte de Santiago indicó que, atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en especial consideración que el acto que se estimó vulneratorio de garantías constitucionales consiste en la desvinculación de la recurrente del grupo de voluntarias de Damas de Rojo de lo que habría tomado conocimiento -a lo menos- con fecha seis de mayo de dos mil dieciocho, según consta en la carta acompañada de cuatro de noviembre último y considerando que el recurso fue deducido con fecha veinte de noviembre del  2019 de conformidad a lo dispuesto en el N° 1 del Texto Refundido del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declaró inadmisible el recurso de protección por extemporáneo.

La Corte Suprema por su parte, confirmó la sentencia apelada, la que fue acordada con el voto en contra del Ministro Carlos Aránguiz, quien fue del parecer de declarar admisible el recurso de que se trata y darle la tramitación correspondiente.

 

 

Vea textos íntegros de las sentencias Corte Suprema Rol N° 39085-2019 y Corte de Apelaciones de San Miguel Rol N° 14563-2019

 

 

 

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