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Medida obedece a cambio de reestructuración.

CGR determina que cambio de funciones de dirigente gremial no afecta su fuero.

El cambio de funciones del que fue objeto el funcionario, obedeció a un proceso de reestructuración orgánica.

19 de enero de 2018

Se denunció ante la Contraloría General de la República –por parte de un grupo de directores de distintas asociaciones de funcionarios de la Dirección de Obras Portuarias- la eventual vulneración del fuero gremial de un funcionario de ese organismo, toda vez que la autoridad dejó sin efecto las funciones que le había asignado como Encargado Regional de la Sección de Contratos de las Direcciones Regionales de Obras Portuarias de las regiones de Valparaíso y del Libertador General Bernardo O´Higgins, encargándole las de apoyo y gestión en el área de contratos, lo que constituiría una práctica antisindical que vulneraría el derecho contemplado en el artículo 25 de la Ley N° 19.296.

La entidad informó que la situación que se impugna obedeció a una reestructuración interna, según consta en la resolución exenta N° 921, de 2017, de dicha repartición, en virtud de la cual fue modificada, entre otras unidades, la Sección de Contratos, que recibe, actualmente, el nombre de Sección de Asesoría Jurídica y Contratos, sin que en ella se contemple la tarea de Encargado de Contratos, presupuesto que faculta a la autoridad para cambiar de labores a un dirigente gremial.

Al respecto, el ente contralor advierte que el inciso primero del artículo 25 de la ley N° 19.296, prevé que desde la fecha de su elección y hasta seis meses después de haber cesado en su mandato, los dirigentes de tales agrupaciones gozan de fuero, agregando su inciso segundo que durante el mencionado lapso no pueden ser trasladados de localidad o de la función que desempeñen, sin su autorización por escrito.

Enseguida, recuerda que de conformidad a su jurisprudencia administrativa contenida en el dictamen N° 56.452, de 2014, ha sostenido que dicho precepto establece una protección para tales servidores, en su calidad de dirigentes gremiales, que les garantiza el derecho a continuar desarrollando las mismas tareas que cumplían al momento de ser electos.

Sin embargo, hace presente que sus dictámenes Nos. 36.409, de 1998; 56.361, de 2014 y 29.792, de 2017, han precisado que dicho fuero no puede afectar la potestad que poseen las autoridades para disponer la adecuación o reestructuración del mismo, debiendo hacerse presente que un eventual cambio de funciones a consecuencia de alguna de esas medidas no vulnera el fuero gremial contemplado en el referido artículo 25 de la ley N° 19.296, ni requiere el consentimiento del dirigente.

De esa manera, la Contraloría General concluye sosteniendo que, de los documentos tenidos en vista, fue posible apreciar que el cambio de funciones del que fue objeto el funcionario, obedeció a un proceso de reestructuración orgánica dispuesto a través de la aludida resolución exenta N° 921, de 2017, que aprobó la organización interna y describió las funciones de la Dirección de Obras Portuarias, el que abarcó diversas dependencias, entre ellas, la denominada Sección de Contratos, sin que pueda estimarse que tal decisión signifique una infracción a su fuero gremial, ya que obedece a una medida racionalmente dispuesta por la autoridad en el ejercicio de sus atribuciones de administración, conforme con lo dispuesto por la jurisprudencia citada, razón por la cual se rechaza la alegación formulada.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 44.250 de 2017.

 

 

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