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En la especie solo constituiría un medio de apoyo.

CGR determina que para procedencia del pago de asignación de máquina en Carabineros se requiere operar de manera exclusiva y permanente un computador o termina computacional.

Para la realización de alguna de las tareas que desarrolla la funcionaria -en específico las dos primeras- el uso de un computador constituiría un medio de apoyo para su ejecución.

6 de febrero de 2019

Se informó a la Contraloría General de la República -por parte del Director Nacional de Personal de Carabineros de Chile- en relación con lo requerido en el oficio N° 24.832, de 2018.

Al respecto, el ente contralor recuerda que a través de ese oficio se solicitó, en el plazo de 20 días hábiles contado desde su emisión, la remisión de los antecedentes necesarios que acreditan que el cumplimiento de las tareas administrativas que ejecutaba una funcionaria le exige a aquella operar de manera permanente y exclusiva un computador o terminal computacional.

Enseguida, la CGR hace presente que acorde con el criterio contenido en sus dictámenes Nos 86.102, de 2016 y 37.965, de 2017, entre otros, se debe consignar que el estipendio en estudio, procede cuando se opera de manera permanente y exclusiva un computador o un terminal computacional, resultando una tarea necesaria e indispensable para el desarrollo de la labor diaria, no siendo exigible su pago en situaciones en que esta se efectúe de modo secundario o complementario de otros cometidos principales, correspondiéndole a la Administración activa verificar la concurrencia de las circunstancias anotadas y, por ende, ponderar su otorgamiento.

Así, de los antecedentes tenidos a la vista, en especial, la descripción de cargo que desarrolla la funcionaria, la Contraloría General indica que aquella confecciona oficios referentes a medidas cautelares, arrestos, órdenes de detención, medidas de protección, citaciones, instrucciones particulares y notificaciones de los Tribunales competentes; estadísticas de las órdenes judiciales en general y órdenes de detención en el sistema repositorio correspondiente, además de la comunicación directa con los Tribunales; tramita electrónicamente las diligencias e informes de las órdenes judiciales emanadas por los diferentes Tribunales; y realiza acciones relativas al ingreso y actualización al sistema Aupol de las órdenes judiciales, para lo cual opera un computador o terminal computacional de modo permanente y exclusivo, durante toda su jornada de trabajo.

En consecuencia, el órgano contralor advierte que de la lectura del indicado documento es posible advertir que para la realización de alguna de las tareas que desarrolla la funcionaria -en específico las dos primeras- el uso de un computador constituiría un medio de apoyo para su ejecución, por lo que no se cumplirían las exigencias legales para concederle la asignación de máquina que pretende, razón por la cual Carabineros de Chile deberá arbitrar las medidas tendientes para regularizar la situación de aquella, ordenando los reintegros de remuneraciones que procedan.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 28.858 de 2018.

 

 

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