Noticias

Carabineros de Chile.

CGR determinó que exfuncionario de Carabineros de Chile que se retiró de forma temporal no tiene derecho al pago de flete.

Requerida de informe, Carabineros de Chile informó que se constató que se incurrió en un error de derecho, pues no fue considerada la causal de retiro temporal del solicitante.

8 de enero de 2020

Se dirigió a la Contraloría General de la República, un exfuncionario de Carabineros de Chile, para reclamar por el no pago de la asignación por flete, a la cual tendría derecho, en virtud de lo informado por esa entidad policial en el oficio N° 334, de 2019.
Requerida de informe, Carabineros de Chile informó que, luego de efectuado un nuevo análisis de lo comunicado en dicho oficio, constató que en la decisión contenida en aquel documento, se incurrió en un error de derecho, pues no fue considerada la causal de retiro temporal del solicitante, por lo que aquel carece del derecho al pago de la asignación por cambio de residencia, de pasajes y de flete.
Al respecto, el ente contralor indicó que el artículo 98, letra d), de la ley N° 18.834 -aplicable en virtud de lo establecido en el artículo 46, letra d), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile-, prescribe, en lo que interesa, que la asignación por cambio de residencia se concederá al empleado que, para asumir un cargo, o cumplir una nueva destinación, se vea obligado a cambiar su residencia habitual, y al que una vez terminadas sus labores vuelva al lugar en que residía antes de ser nombrado, la que comprenderá una suma equivalente a un mes de remuneraciones correspondientes al nuevo empleo; pasajes para él y quienes le acompañen, siempre que por estas perciba asignación familiar, y flete para el menaje y efectos personales hasta por un mil kilogramos de equipaje y diez mil de carga. La misma disposición en estudio agrega, que en el caso de las personas que deban cambiar de residencia al cesar, solo tendrán derecho a los dos últimos beneficios, esto es, pasajes, en la forma descrita, y flete.
Enseguida, el ente fiscalizador expuso que, resulta necesario hacer presente que los artículos 38, N° 7, inciso segundo, y 42 del decreto N° 625, de 1964, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Feriados, Permisos, Licencias y otros Beneficios -aplicable por así disponerlo el numeral 2°, de la letra d), del citado artículo 46-, disponen que no tendrá derecho a pasajes y fletes el personal que se encuentre comprendido en la situación descrita en la letra e), del artículo 109 -hipótesis que se verificó en el caso del interesado, pues su retiro temporal, dispuesto mediante el decreto TRA N° 280/541/2018, de la Subsecretaría del Interior, se motivó en ese último precepto, en relación con el artículo 65, letra b), del decreto N° 5.193, de 1959, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Selección y Ascensos, que permite adoptar tal medida en casos de violaciones manifiestas a los principios morales y disciplinarios de tal gravedad, que su permanencia sea inconveniente para el prestigio institucional, los cuales serán eliminados de forma inmediata, a través de su llamado a retiro temporal-, tal como se desprende del criterio contenido en el oficio N° 14.736, de 1996, de esta procedencia.
Finalmente, el órgano contralor señaló que, en consecuencia, cabe concluir que el recurrente no tiene derecho a percibir la asignación de flete que pretende.

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº32.933-19.

 

RELACIONADO
* CGR determinó que medida disciplinaria de baja por mala conducta con efectos inmediatos aplicada a exfuncionarios de Carabineros de Chile se ajustó a derecho…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *