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TGR.

CGR determinó que proceso de selección para proveer un empleo a contrata no constituye un concurso público.

Esto, a propósito de un una denuncia sobre la existencia de ciertos vicios que incidirían en la licitud del concurso convocado por la Tesorería General de la República.

28 de febrero de 2020

Se ha dirigido a la Contraloría General de la República, un particular para denunciar la existencia de ciertos vicios que incidirían en la licitud del concurso convocado por la Tesorería General de la República, con el objeto de proveer un empleo a contrata, para el desempeño del cargo de Jefe de Proyecto Administración Fondo de Retiro.
Al respecto, el ente contralor indicó que, acerca de su disconformidad con la elección de la ganadora del certamen -señora Lorena Muñoz Escobar-, pues aquella no se ajustaría al perfil del cargo publicado, es menester expresar que la ponderación de los méritos de los participantes en un proceso de selección, o la apreciación de sus aptitudes para el ejercicio de la función pública, son materias que debe evaluar y resolver la Administración activa dentro del ámbito de sus facultades, de modo que a este Órgano de Control no le corresponde pronunciarse sobre estas, según se ha manifestado en los dictámenes Nos 89.803, de 2014 y 30.968, de 2017, de este origen.
Enseguida, el órgano fiscalizador adujo que, sobre el planteamiento de que la candidata seleccionada no posee un postítulo o postgrado, cabe precisar que si bien en el factor “especialización”, se asigna un mayor puntaje -35 puntos- a aquellos postulantes con formación de postgrado o postítulos en las áreas que indica, también contempla la alternativa de otorgar 10 puntos a quienes posean dos cursos de capacitación en las materias de Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, Gestión de Procesos, Sistema de Gestión de Calidad, Herramientas de Gestión y Control de Proyectos, Mercado Capitales, Análisis Financiero y Gestión de Riesgos, hipótesis en la que se encontraría la señora Muñoz Escobar, pues tendría aprobados los cursos de Dirección de Proyectos y Principio de Economía y Mercados.
A continuación, el dictamen indicó que, respecto de que la mencionada persona no habría ocupado cargos de jefatura ni liderado equipos, es dable anotar, de conformidad con lo expuesto por la Tesorería General, que en la ficha de postulación de la ganadora -documento que se acompaña-, se advierte que ella habría cumplido tal rol desde el año 2006 al 2018.
Finalmente Contraloría sostuvo que, en relación a lo afirmado por el recurrente, en orden a que la ganadora trabajaba en la entidad que, hasta el 31 de diciembre de 2018, administraba el Fondo de Retiro y ahora será la encargada de su traspaso hacia la Tesorería General de la República, es necesario anotar que, de los documentos acompañados, no se advierte de qué manera las labores que aquella cumplía para su antiguo empleador, constituirían un impedimento para asumir sus tareas en el Servicio de Tesorerías. Por consiguiente, se rechazan los reclamos formulados por el solicitante.

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº2.968-20.

 

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