Noticias

Ajustada a derecho.

CGR determinó que decisión de CONICYT de declarar fuera de bases las postulaciones de la Universidad de Los Lagos a concurso para subvención se ajustó a derecho.

El ente contralor adujo que no se advierte una vulneración al principio de estricta sujeción a las bases en los términos que expone el peticionario.

2 de abril de 2020

Se ha dirigido a la Contraloría General de la República, el rector de la Universidad de Los Lagos reclamando en contra de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, en adelante CONICYT, por el rechazo de tres recursos de reposición interpuestos en contra de la decisión de desestimar las postulaciones de tres proyectos a la “Convocatoria Nacional Concurso Subvención a la Instalación en La Academia 2018”, declarándolas fuera de bases, por no haber establecido en las convocatorias el cargo en la jerarquía de profesor asistente.
Al respecto, el ente contralor indicó que se advierte que en las tres postulaciones realizadas por la Universidad de Los Lagos, se ofreció la vacante a proveer como un cargo “académico/a-investigador/a”, jornada completa, indicando que el sistema de remuneraciones del personal académico estaría determinado por el artículo 31 del anotado decreto N° 51, y los postulantes debían cumplir con los requisitos previstos en los artículos 5 y 19 del mencionado Reglamento para la Provisión de Cargos Académicos.
A continuación, el ente fiscalizador explicó que, mediante la resolución exenta N° 8.074, de 2018, de CONICYT, se declara fuera de bases, entre otras, a las postulaciones de la Universidad de Los Lagos antes indicadas, por no ofrecer el cargo en la jerarquía de profesor asistente o equivalente como lo exigían las aludidas bases.
Luego, el dictamen sostiene que, como puede apreciarse, las bases de la convocatoria establecieron la exigencia de ofrecer el cargo en la categoría de profesor asistente o equivalente y los concursos convocados por la Universidad de Los Lagos no cumplían con señalar en términos explícitos la jerarquía requerida para esa categoría docente. De esta manera, no se advierte irregularidad en el actuar de CONICYT al declarar fuera de bases las postulaciones de la de la recurrente.
Por último, el órgano de control adujo que, por consiguiente, la decisión de CONICYT al declarar inadmisible la postulación de la Universidad de Los Lagos por las razones expuestas anteriormente se ajustó a derecho, sin que se advierta una vulneración al principio de estricta sujeción a las bases en los términos que expone el peticionario, en tanto se trató de condiciones que rigieron para todos los postulantes (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 94.503, de 2015, y 14.846, de 2017).

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº5.361-20.

 

RELACIONADO
* CGR determina que CONICYT debe restituir a becaria de Doctorado el dinero pagado por ella debido a recursos que devolvió por no alcanzar la nota mínima…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *