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Primera sala.

Nuevamente ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que permitiría aplicar procedimiento de tutela laboral a funcionario público en juicio contra Universidad de Santiago.

La gestión pendiente incide en autos de tutela de derechos fundamentales, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

28 de agosto de 2019

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 1, inciso tercero del Código del Trabajo.

El precepto impugnado establece que “Con todo, los trabajadores de las entidades señaladas en el inciso precedente se sujetarán a las normas de este Código en los aspectos o materias no regulados en sus respectivos estatutos, siempre que ellas no fueren contrarias a estos últimos”.

La gestión pendiente incide en autos de tutela de derechos fundamentales, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los que un actual académico, perteneciente a la planta titular de dotación de la Universidad de Santiago de Chile, interpuso una denuncia por vulneración de derechos fundamentales, reconociendo en todo momento estar en pleno goce del cargo público antes mencionado, a propósito o con ocasión de haber sido, en su concepto, hostigado.

La requirente estima que los preceptos impugnados infringirían el artículo 6 de la Constitución Política de la República, por cuanto se estaría vulnerando radicalmente en la actuación del tribunal a quo el límite externo funcional o constitucional de la Jurisdicción. Asimismo, consideró que se vulnera el artículo 7 de la Constitución Política de la República, ya que la errónea interpretación y aplicación del inciso tercero del artículo primero del Código del Trabajo, lleva a sostener la errada tesis de que los tribunales laborales serían competentes para conocer y dar aplicación al procedimiento de tutela laboral en todas aquellas situaciones de no aplicación del Código del Trabajo.
La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del requerimiento.

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 7289-19.

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* TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas que permitirían aplicar procedimiento de tutela laboral a funcionario público en juicio contra Municipalidad de Caldera…

 

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