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Segunda Sala.

CS anulo juicio oral por infracción al debido proceso.

“Dejarse entregada a una autoridad administrativa la determinación del atributo legal que se tiene en un momento determinado, definiendo por sí y ante sí, sin mayor control, si se le toma la declaración a una persona en calidad de testigo o imputado, con las diferencias jurídicas considerables que supone cada estatuto”.

26 de agosto de 2010

La Corte Suprema acogió un recurso de nulidad por estimar que se vulneró la garantía del debido proceso y ordena realizar un nuevo juicio oral en el que se excluyan las declaraciones de quienes fueron investigados como sospechosos.
No parece del todo procedente que pueda “dejarse entregada a una autoridad administrativa la determinación del atributo legal que se tiene en un momento determinado, definiendo por sí y ante sí, sin mayor control, si se le toma la declaración a una persona en calidad de testigo o imputado, con las diferencias jurídicas considerables que supone cada estatuto”. De esa forma se podría “ilegalmente obtener información valiosa en contra del declarante para luego ser utilizada en su contra sin mayor advertencia, lo cual parece un despropósito y va contra el texto expreso de normas constitucionales y legales que inspiran el nuevo sistema procesal penal, que bajo ningún respecto o circunstancia ampara”, razona el máximo Tribunal.
El fallo deja establecido que se violó también la exigencia de una debida fundamentación de la sentencia.

 

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