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Medida se adoptó en procedimiento irregular.

CS revocó sentencia de la Corte de Santiago había rechazado una acción de protección en contra del Club de Golf Los Leones por suspensión de socio.

“ya que el Directorio recurrido impuso en un procedimiento irregular una medida disciplinaria sin otorgar al recurrente la posibilidad de presentar pruebas con el fin de acreditar sus dichos, poniéndole en una situación de desigualdad respecto de los demás socios de la institución, que sí tendrían los derechos que le han sido desconocidos al actor”.

5 de julio de 2012

Se dedujo una acción de protección por parte un socio del Club de Golf Los Leones en contra de dicha entidad por haber adoptado ésta la medida de suspenderlo en su calidad de socio en virtud de presuntas expresiones injuriosas en contra del Presidente de dicho Club, fundado en un procedimiento que no le permitió la adecuada defensa, constituyéndose por tanto en una comisión especial y vulnerando su derecho de propiedad.
La recurrida informó solicitando el rechazo de su acción por estimar que habría actuado dentro de sus facultades y de conformidad a las normas estatutarias.
La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó la acción constitucional, pero la Corte Suprema revocó dicha decisión.
En su sentencia, el máximo tribunal concluyó que el procedimiento adoptado por la recurrida vulneró el derecho a la igualdad del recurrente, toda vez que “ya que el Directorio recurrido impuso en un procedimiento irregular una medida disciplinaria sin otorgar al recurrente la posibilidad de presentar pruebas con el fin de acreditar sus dichos, poniéndole en una situación de desigualdad respecto de los demás socios de la institución, que sí tendrían los derechos que le han sido desconocidos al actor”.

Vea texto íntegro de la sentencia.

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