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En fallo unánime.

Corte de La Serena confirma fallo y ordena a multitienda indemnizar a cliente que adquirió producto en mal estado.

Empresa Sodimac S.A se negó a cambiar el producto o devolver el dinero, remitiendo la máquina al servicio técnico para reparación en dos ocasiones, cobrando al cliente por dicho trabajo.

23 de febrero de 2017

En fallo unánime, la Corte de La Serena rechazó el recurso de apelación presentado en contra de la sentencia, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Coquimbo, que ordenó a la empresa Sodimac S.A. a pagar una  indemnización a Patrick Molina Gutiérrez,  $1.399.000  por concepto de daño emergente, más $150.000 por daño moral, quien adquirió un producto en mal estado, en enero de 2016. Asimismo la empresa deberá pagar una multa de 5 UTM  a beneficio municipal.
El cliente adquirió, en enero de 2016, un generador en el local de Sodimac de Coquimbo, sin embargo al funcionar notó que presentaba fallas. De regreso en la tienda, la empresa se negó a cambiar el producto o devolver el dinero, remitiendo la máquina al servicio técnico para reparación en dos ocasiones, cobrando al cliente por dicho  trabajo.
La sentencia confirmada sostiene "que habiéndose establecido que la empresa demanda, ha incurrido efectivamente en una infracción a la ley del consumidor, deberá responder por los daños ocasionados y deberá ser condenado a la indemnización civil que se regule en conformidad a la ley", sostiene el fallo confirmado.
En esta línea, la resolución de la Corte de La Serena señala que “sin perjuicio de lo precedentemente razonado, con el mérito de los demás documentos y la prueba testimonial rendida, se encuentra acreditado que el denunciante sufrió pérdida de los insumos que utilizaba para su local comercial, además del arriendo de un nuevo equipo y el costo de transporte”.
El Tribunal de alzada consideró que “en relación al daño moral demandado, con la prueba testimonial rendida es posible concluir que el denunciante y demandante civil sufrió pesares que han de ser indemnizados, especialmente considerando que adquirió un producto para trabajar y éste presentó problemas muy tempranamente, no otorgándosele la posibilidad de cambiar el producto por uno nuevo o de efectuarse la devolución del dinero pagado por el mismo".

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Ilustrísima Corte de La Serena y de primera instancia.
 

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