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Por unanimidad.

CS confirma sentencia que rechazó amparo en contra de orden de arresto emanada del Tercer Juzgado de Familia de Santiago en contra de padre alimentante.

Corte de Santiago estimó que no existe un acto arbitrario o ilegal que deba ser remediado a través de esta vía cautelar.

23 de enero de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó amparo deducido por médico que es alimentante en contra de la resolución del Tercer Juzgado de Familia de Santiago que ordenó su arresto tras liquidarse su deuda hacia sus hijos.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló que, de los antecedentes que obran en la causa, puede advertirse que parte de la ilegalidad que acusa el actor reside en el hecho que firmó un acuerdo completo y suficiente con su ex cónyuge en el cual se estipuló que los gastos médicos extra y de por otros conceptos debían ser autorizados previamente por él, antes de serle imputables como una obligación exigible.

Añade la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que, en base a lo informado por el tribunal recurrido, las objeciones a una liquidación de alimentos sólo pueden fundarse en la base de errores numéricos, más no así por cuestiones de fondo por lo que al no existir una actuación ilegal o arbitraria en el actuar de la judicatura recurrida, debe rechazarse la acción promovida por la recurrente.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 36.884-2019 y de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol Ingreso N° 2850-2019.

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