CS confirmó sentencia que ordenó a Hospital Regional de Concepción realizar operación oftalmológica a paciente que lleva dos años en lista de espera.
La decisión se adoptó considerando las condiciones sociales de la actora.
La decisión se adoptó considerando las condiciones sociales de la actora.
La iniciativa pretende asegurar el respeto por la función policial que desempeña Carabineros y la PDI, entregando advertencias claras a quienes atenten contra ella, a fin de devolver a la sociedad la sensación de seguridad y percepción de respeto por dichas instituciones.
La actora alega que el actuar de la Municipalidad devino en ilegal y arbitrario al infringir la Ley de Compras Públicas, su reglamento y los principios de igualdad entre ofertentes, de transparencia y de bilateralidad.
El diagnostico quedó a la mera discrecionalidad de la recurrida.
La iniciativa persigue exigir a las instituciones de salud públicas y privadas contar con un protocolo universal en caso de muerte en el período comprendido entre la concepción y las cuatro semanas de vida extrauterina.
El actor ejecutó actos que afectaron la seguridad del establecimiento y de sus compañeros de trabajo.
El máximo Tribunal descartó error del derecho en la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, que rechazó la acción por falta de legitimación activa de los demandantes.
El máximo Tribunal descartó error de derecho en la sentencia atacada, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que confirmó la de base que rechazó la demanda, al no acreditarse la responsabilidad atribuida a la clínica.
El Tribunal acogió las excepciones de falta de legitimación pasiva de la demandada y de prescripción, tras establecer que la empresa no es proveedora directa de los consumidores y que se encuentra vencido el plazo legal para ejercer la acción.
El Tribunal de alzada descartó error en el análisis de la prueba contenida en la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que acogió la demanda.