TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba normas que facultan al Estado a exigir a concesionarios mineros la entrega de sustancias no concesibles.
La gestión pendiente incide en un recurso de protección, de que conoce la Corte de Santiago.
La gestión pendiente incide en un recurso de protección, de que conoce la Corte de Santiago.
El amparado adeuda la suma de $523.371, en cuyo mérito el Tribunal despachó la orden que se reclama por esta vía, la que fue dictada por la juez competente, en la forma que determina la Ley y con las formalidades legales.
Resulta interesante el análisis de los distintos alcances de la responsabilidad de los funcionarios públicos en el ámbito de la Contratación Pública, sobre todo, en lo referido al derecho penal.
Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Educación y Cultura del Senado.
Se invocó como causal la del artículo 477 del Código del Trabajo.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Rosenkrantz, quien estuvo por declarar inadmisible el recurso extraordinario.
El recurso se dedujo por las causales previstas en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en carácter de principal.
Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.
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Que se generen descuentos en función de la edad del afiliado o se impida a los pacientes que provienen de Fonasa, acceder a la totalidad de las prestaciones del Plan de Salud Universal, fueron calificadas por el senador Quinteros como discriminaciones encubiertas.