Norma que impide remunerar a directores de la Mutual de Seguros de Chile por el desempeño de sus funciones no produce efectos contrarios a la Constitución, resuelve el Tribunal Constitucional.
El requirente alegó que tal restricción afecta su autonomía como cuerpo intermedio, la igualdad ante la ley, el derecho a una justa retribución, a desarrollar una actividad económica, de propiedad, entre otras garantías constitucionales.