Caso Prestige: Laudo británico no puede desconocer decisión de tribunal español, invocando para ello la cláusula compromisoria del contrato de seguro.
De hacerlo, se privaría a las víctimas de su derecho a una justa reparación.
De hacerlo, se privaría a las víctimas de su derecho a una justa reparación.
El máximo Tribunal ratificó la multa impuesta de 4.176 UTA por la SMA, debido a una infracción grave que fue no rebajar su consumo de agua fresca (subterránea), según su permiso ambiental.
La reclamante, Plásticos Cimeplas S.A., acudió al Tribunal luego que el SAG rechazara su solicitud de invalidación de la resolución que informó desfavorablemente el proyecto y le solicita que deje sin efecto, invalide o anule totalmente tanto la resolución que negó la invalidación, como aquella que informó negativamente el proyecto.
El Tribunal de alzada desestimó el recurso intentado por el CEC en contra de la resolución, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, que dispuso la retención de los fondos, en el marco de la denuncia de tutela laboral presentada por extrabajador.
El máximo Tribunal descartó falta o abuso en los integrantes de la sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó la entrega de la información solicitada por ley de transparencia, la cual no tiene carácter de reservada o secreta.
Vulnera el debido proceso.
La demandante acusó falta de servicio, al ser dada de alta sin tener en consideración las complicaciones que sufrió luego de una cesárea, lo que le causó diversos perjuicios de salud posterior a su salida del recinto.
En la especie, el imputado infringía el artículo 318 del Código Penal, lo que motivó el registro en el que le fue encontrada una escopeta recortada, la que mantenía oculta en su vestimenta.
En la especie, acoger la petición de la recurrente equivale a desconocer el equilibrio de poderes democrático, pues los Tribunales no pueden crear ni extinguir cargos de la Administración.
El requirente alega que el precepto impugnado contradice la Constitución en la forma en que ésta regula el desafuero de autoridades públicas, vulnerando además el debido proceso.