Norma que tipifica el delito de giro doloso de cheques, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Afecta diversas garantías penales: principio de legalidad, de culpabilidad y proporcionalidad.
Afecta diversas garantías penales: principio de legalidad, de culpabilidad y proporcionalidad.
La actora alegó que el recurrido abusa de su calidad de poseedor de los dineros para decidir quién debe soportar el perjuicio patrimonial.
Si bien la entidad edilicia alegó que los servicios del actor no eran necesarios, siete días antes le indicó las funciones que debía cumplir al volver de su licencia médica.
Lo anterior con independencia del plazo por el cual ha sido contratada.
La decisión se sustentó en el solo capricho o voluntad desnuda de la autoridad que la adoptó.
La magnitud de los vicios del que adolecen los instrumentos son tales, que la sanción de nulidad resulta la única vía para remediar los perniciosos efectos del actuar del mandatario en relación con su mandante.
La empresa estatal abusó de su posición dominante en el mercado nacional de correspondencia, e incurrió en prácticas de competencia desleal con el fin de conservar o incrementar dicha condición.
No existe una razón jurídica valedera para excluir de su aplicación a dicha categoría de trabajadores.
En el cuanto a la acción civil, en fallo dividido, el tribunal condenó a Araya Padilla a pagar la suma de $30.000.000 al hijo de la víctima y la suma de $20.000.000 a la madre de la paciente fallecida, por concepto de daño moral o extrapatrimonial.
El Tribunal acogió la demanda de tutela laboral, tras establecer que existió una relación laboral entre las partes, desde el 3 de julio de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2020.