CS rechazó impugnación relativa al alcance del poder liberatorio de un finiquito suscrito con las formalidades previstas por el legislador.
No se cumplió lo previsto en el inciso segundo del artículo 483 del Código del Trabajo.
No se cumplió lo previsto en el inciso segundo del artículo 483 del Código del Trabajo.
Deberá ser conocido por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputadas y Diputados.
La recurrida emitió su parecer de orden técnico con pleno apego a la normativa que regula el asunto.
Las turberas son un tipo de humedal prioritario amenazado principalmente por el drenaje destinado a la explotación de las especies que alberga y a la generación de más tierras para la agricultura y forestación, a pesar de su importancia como sumidero de carbono y reservorio de agua dulce.
La idea planteada en la resolución es que la señal 2 de Televisión Nacional transmita, diaria e íntegramente, las sesiones de la Convención Constitucional, con el fin de garantizar el derecho de acceso a la información pública de la ciudadanía.
“Durante las manifestaciones espontáneas de ayer, que se fueron propagando en varias partes del país, Amnistía Internacional ha recibido con preocupación reportes de cortes de internet, detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza, incluyendo policías disparando contra manifestantes, y denuncias de que hay una larga lista de personas desaparecidas», dijo Erika Guevara Rosas, directora las Américas del organismo.
En la reunión participó la presidenta de la Convención, Elisa Loncon, y el vicepresidente Jaime Bassa. Tras el encuentro anunciaron la firma de un convenio para iniciar un trabajo colaborativo que involucra, por ejemplo, a corto plazo poner a disposición plataformas para la declaración de intereses y patrimonio y para dar publicidad a un registro de las agendas de las y los convencionales.
El máximo Tribunal descartó error de derecho en la sentencia atacada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó con costas la de primer grado que ordenó el pago de la deuda.
El máximo Tribunal desestimó los arbitrios enderezados en contra de la sentencia, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primer grado que rechazó solicitud de nulidad de lo obrado y declaró responsable a parte demandada por la mala calidad de las terminaciones del inmueble por lo que deberá, solidariamente, debe asumir las reparaciones en un plazo de 30 días, a satisfacción del demandante.
Tal como ocurre en este tipo de nominaciones, el Senado abre un período en que la ciudadanía puede hacer llegar sus planteamientos u opiniones sobre los candidatos.