Proyecto modifica Código Civil en materia de indignidades para suceder y de requisitos para enajenar un inmueble cuando el vendedor tuviese setenta y cinco o más años de edad.
Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.