Acción de protección deducida en contra del Comandante en Jefe de la Armada por la mantención de homenajes al Almirante José Toribio Merino Castro, se acoge a trámite.
La ilegalidad y arbitrariedad de la conducta se funda en la contravención del artículo 5° de la Constitución, que obliga al Estado a respetar y promover los derechos esenciales de la persona humana.