No constituye un indicio que un ciudadano al percatarse de la presencia policial se devuelva por la misma calle por la que transitaba. Dicho comportamiento es una conducta neutra.
Aunque los jueces de instancia hayan afirmado su convicción condenatoria en prueba producida en la audiencia, al emanar ella del mismo procedimiento viciado no puede ser siquiera considerada.